lunes, 16 de abril de 2018

Capítulo.-34 Apertura de juicio. (Fiscalía)


Capítulo.-34

Apertura de juicio. (Fiscalía)


Vencido el día y con la llegada del anochecer, los porqueros psicólogos han llegado tal y como se habían comprometido con Don Zacarías, para escuchar la lectura que en el jardín de La Casa con Tos se iba a realizar por parte del medio cronista oficial.

Don Zacarías ha ordenado que cada uno ocupe su lugar habitual en este tipo de eventos y a los porqueros psicólogos les ordenó que se sentasen donde mejor les pareciera.
Imposible sentarnos –dijo Eumeo-  hemos bebido tal cantidad de requesón que no podemos ni tan siquiera doblarnos, por lo que hoy, ruego a todos los presentes que se nos permita permanecer de pie.
Está bien  -contestó Don Zacarías- permanezcan como mejor les parezca, pero las lecturas no se suelen interrumpir si no es por causa muy justificada o por catástrofes naturales, así es que ordeno que con el fin de que nos retiremos a un merecido descanso se dé comienzo de inmediato a la lectura de la apertura del juicio oral en lo referente a lo alegado por la Fiscalía sin que a nadie se le ocurra decir absolutamente nada.
Seguidamente he dado comienzo a lo ordenado por Don Zacarías.

FISCALÍA PROVINCIAL DE GATOLA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N º. 3 DE GATOLA.

Procedimiento diligencias previas
Nº de procedimiento 000564/2010

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N º 3 DE GATOLA

EL FISCAL, comparece en el procedimiento abreviado 96/11 de diligencias previas  5654/10, contra Patrocinio Herrero Zapatero, por un delito de amenazas, solicita la apertura de juicio oral ante los Juzgado de lo penal de Gatola y con carácter provisional formula las siguientes                                                      
                                                   CONCLUSIONES

PRIMERA: Sobre las 11:00 horas del día 14 de octubre de 2010, el acusado Patrocinio Herrero Zapatero, mayor de edad y sin antecedentes penales, acudió a la localidad de Peñas Pardas, Gatola, concretamente al centro de trabajo de su ex compañera sentimental, Bibiana Ahuído, y la amenazó diciendo: “ten cuidado de que no se entere nadie de esto, de que he venido, por que la próxima vez vengo con una pistola y te mato a ti y a tu hermana, tu familia podrá acordarse de mí toda la vida”

SEGUNDA: Referidos hechos son constitutivos de un delito de amenazas del Art. 171.4, 48, 57 Y 74 DEL Código Penal.

TERCERA: Del expresado delito es autor el acusado, conforme a los Artículos 27 y 28 del Código Penal.

CUARTA: No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
QUINTA: Procede poner al acusado las penas de prisión de 10 meses, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por dos años.
            -Prohibiciones de, aproximación a la persona de Bibiana, domicilio, lugar de trabajo, cualquier lugar frecuentado por esta, a una distancia no inferior a 250 metros y de comunicación con ella por cualquier medio; por tiempo de tres años.

            -Costas.

OTROSÍ: Procede adoptar medidas cautelares reales respecto del acusado.

OTROSÍ II: El fiscal interesa que, conforme con lo dispuesto en el Art. 789 y Art. 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con lo previsto en el Art. 15-4 º de la Ley 35/95 de 11 de diciembre, así como según lo prevenido en el Art. 270 de la L.O.P.J., ( Ley Orgánica del Poder Judicial ) se proceda a la notificación de la resolución que recaiga, ello tanto tras el juicio oral como, en su caso, en apelación a la victima de los hechos expresados en la conclusión primera del presente escrito de acusación y que no se encuentren debidamente personados en las actuaciones.

                                                            PRUEBA

Como prueba, y  para su práctica en el acto del juicio oral se proponen las siguientes:
            1.- Interrogatorio del acusado.
            2.- Testifical. Con la citación de las siguientes personas por la oficina judicial:
                        -Bibiana Ahuído (f. 5)
                        -Cubas de la Habana (f. 253)
                        -Gloria in Excelsis (f. 306)
            3.- Documental de los folios 4 a 10, 14, 19 a 21, 36 a 38, 42 a 70, 83 a 88, 108 a 113, 142, 174, 182, a 198, 221, 232 a 236, 238, 253, 254, 263, 285 a 288, 301, 302, 306, 307, 325 a 327.
                                         En Gatola a 12 de mayo de 2011. 


                                                            El fiscal.


                                                   Fdo.  K.  l.  Aprieto.


Como hemos oído, hay un error de bulto –dijo Don Zacarías- en la fecha en la que ocurrieron los hechos, por parte de la fiscalía.








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